Financiamiento Universitario: la Corte dejó firme la cautelar y obliga a pagar al Gobierno
Un nuevo revés sufrió el gobierno nacional en el marco de la implementación de la normativa para financiar las universidades. El máximo tribunal no dio lugar a la apelación del Poder Ejecutivo.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso presentado por el Gobierno nacional y dejó firme la medida cautelar que ordena aplicar dos artículos de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario. De este modo, se mantiene vigente la decisión judicial que exige la actualización de los salarios de docentes y no docentes de las universidades públicas, además de la recomposición de distintos programas destinados a los estudiantes.
La resolución, firmada por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, consideró que la apelación presentada por el Poder Ejecutivo no podía ser tratada por tratarse de una causa que aún no cuenta con una sentencia definitiva. En consecuencia, el máximo tribunal mantuvo vigente la cautelar dictada por instancias inferiores.
Si bien el fallo representa un nuevo respaldo judicial para la aplicación de la norma, en la práctica no genera un impacto económico inmediato. Días atrás, el 10 de junio, el Ejecutivo había firmado un acuerdo comprometiéndose a transferir fondos para incrementar en un 24,33% la masa salarial universitaria, otorgar un aumento del 20% en los gastos de funcionamiento y ampliar hasta los 50.000 millones de pesos las partidas destinadas a hospitales universitarios.
No obstante, la decisión de la Corte es interpretada como un respaldo a la vigencia de la Ley de Financiamiento Universitario frente a la estrategia del Gobierno de limitar su aplicación. La causa se originó a partir de una acción de amparo colectivo impulsada por representantes del Consejo Interuniversitario Nacional junto a distintas universidades nacionales. El planteo cuestiona la constitucionalidad del decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno había dispuesto que la ley solo podría ejecutarse una vez definidas las fuentes específicas para su financiamiento.
Mientras se resuelve el fondo del expediente, la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó como medida cautelar el cumplimiento inmediato de los artículos 5 y 6 de la norma. Esos puntos establecen la actualización de los salarios del personal docente y no docente desde el 1 de diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley, así como la recomposición de los programas destinados al estudiantado.
La resolución cautelar, sin embargo, no alcanzó la totalidad del contenido de la ley. Quedaron excluidas cuestiones como la recomposición general del presupuesto universitario correspondiente a los ejercicios 2024 y 2025, además de otras partidas vinculadas a programas de asistencia y fortalecimiento institucional.
Al confirmar la cautelar, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal había considerado que el Estado no logró desvirtuar los fundamentos expuestos por las universidades para justificar la urgencia de la medida. Además, destacó que el Congreso había ratificado la sanción de la ley, mientras que el Ejecutivo pretendía impedir su aplicación mediante un decreto de jerarquía inferior.
Los jueces también advirtieron que la falta de cumplimiento podía ocasionar un deterioro salarial significativo para docentes y no docentes, con consecuencias directas sobre el funcionamiento del sistema universitario y sobre el derecho a enseñar y aprender. Asimismo, entendieron que el ahorro fiscal derivado de no aplicar esos artículos no representaba un impacto relevante dentro del presupuesto de la Administración Pública Nacional.
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